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martes, 23 de febrero de 2016

Propuesta para arreglar el federalismo fiscal en el corto plazo

por Diego Giacomini y Javier Milei

http://www.elpuntodeequilibrio.com/Articulo/Vista/Propuesta+para+arreglar+el+federalismo+fiscal+en+el+corto+plazo


Sobre finales de 2015 la Corte Suprema, argumentando inconstitucionalidad, ordenó devolver la detracción del 15% del ANSES (a San Luis, Santa Fe y Córdoba) y del 1.9% de la AFIP (a San Luis y Santa Fe). Atendiendo este fallo, CFK (Decreto 2635/15) dispuso el cese de la detracción para todas las provincias. Sin embargo, Macri (DNU 73/16) derogó la norma de CFK y en consecuencia sólo San Luis ($2.018 MM), Santa Fe ($7.903 MM) y Córdoba ($6.631 MM) cobran “sus respectivas partes” del 15% (ANSES) y del 1.9% (AFIP).

La comisión bicameral debe dictaminar la viabilidad del Decreto 73/16. Es un tema con fuerte impacto fiscal. De acuerdo con nuestras estimaciones, el 15% (1.9%) del ANSES (AFIP) significa ingresos adicionales por +$77.313 MM ($14.232 MM) para todas las provincias en 2016, superando sus necesidades financieras ($60.000 MM).

El PEN no estaría dispuesto a devolver la retención de los fondos coparticipables y a cambio pretende ofrecer descentralizar el manejo y la ejecución de obras públicas y planes sociales. En definitiva, si la postura del PEN prosperara, terminaría habiendo cuatro regímenes de coparticipación en Argentina:1) San Luis y Santa Fe cobrando el 15% del ANSES y el 1.9% del AFIP; 2) Córdoba cobrando el 15% del ANSES; 3) las provincias que acuerden con el gobierno nacional y 4) las provincias que no acuerden (y seguramente hagan juicio). En otras palabras, un descalabro institucional que enarbola en lo más alto la bandera de la discrecionalidad.

En este marco, nuestro proyecto apunta a solucionar los problemas respetando tanto la Constitución como los fallos de la Corte Suprema, y también prioriza (minimiza) la automaticidad de los recursos (discrecionalidad) y elimina algunas distorsiones del régimen (Fondo del Conurbano Bonaerense-FCB- y Fondo Federal Solidario –FFS-).

Nuestro proyecto propone, respetando el fallo de la Corte y la Constitución, incluir el 15% del ANSES y el 1,9% de la AFIP en la Coparticipación, repartiéndolos 43% (Nación) y 57% (Provincias). Paralelamente, eliminamos el FFS cuyo dinero según Constitución Nacional le corresponden al Gobierno Central. También disolvemos el FCB, con lo cual el 10% de Ganancias vuelve a “entrar” a la Coparticipación y se reparte 43% (Nación) y 57% (Provincias). 

La  eliminación del FCB anula la distorsión más grande que tiene el actual régimen y corrige la discriminación contra Bs As. ¿Qué distorsión? Actualmente todas las otras 22 provincias ($47.527 MM) cobran más FCB que Bs As ($650 MM). Según el Presupuesto 2016, las dos provincias más grandes, Santa Fe ($4.815 MM) y Córdoba ($4.784 MM), reciben 7 veces más FCB que Bs As. La provincia más pequeña, Tierra del Fuego ($664 MM), también recibe más FCB que Bs As.   

A nivel consolidado las 24 provincias ganan +56.000 MM  elevando su participación al 31% (con seguridad social) y 42% (sin seguridad social) del total recaudado. El Tesoro Nacional gana $93.500 millones, permitiendo cubrir gran parte (75%) del déficit generado a la ANSeS por la retracción de la afectación del 15% ($124.600 millones). La pérdida consolidada Nación + ANSeS + AFIP sería de “sólo” $58.000 millones. Provincia de Bs As ganaría +$20.450 MM netos. 

En definitiva, nuestra propuesta tiene un costo fiscal total (0.8% del pbi) para el gobierno nacional que representa tan sólo el 7.8% de sus necesidades financieras totales (10.3% del PBI) de 2016. Como contrapartida, las provincias, que son las que prestan los cuatro servicios públicos esenciales (educación, salud, seguridad y justicia), ganan ingresos por 0.8% y dejan de ser deficitarias. Nación paga un costo bajo a cambio de institucionalidad, apego por la constitución, la justicia y las reglas; en detrimento de la discrecionalidad y distorsiones.


1 Córdoba no lo cobra
2 Sin CABA

3 Todos los números fueron calculados en base a la recaudación presupuestada en la Ley de Presupuesto Nacional para el ejercicio 2016

2 comentarios:

  1. Excelente! Ahora, un detalle. Si el decreto de CFK fue un decreto simple, puede ser anulado por otro decreto simple, es decir que no requeriría de su aprobación parlamentaria. ¿no es así? ¿Porqué fue un DNU y, en consecuencia, se somete a aprobación legislativa? Digo, qué se yo.

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    1. No soy abogado. No lo se. Pero tengo que entendido que técnicamente el Decreto de CFK tampoco es válido.

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